La jueza Ana Lee Florimon adoptó la decisión contra Tejada al encontrarlo culpable de violación al artículo 66, de la ley 28-59 sobre cheques.
Se determinó que emitió pagos a través de este documento sin respaldo económico, en perjuicio del señor Henry Rafael Soto Lara.
Los abogados Rafael Rivas Solano y José Chía Sánchez, representantes legales de Soto Lara, explicaron que en julio del 2019 la Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional dictó la sentencia contra Tejada condenándolo a una pena de seis meses de prisión en la Cárcel Modelo Najayo-Hombres, por violación a la ley de cheques.
Precisaron además, que la decisión fue recurrida por Tejada en octubre del 2020, lo que fue rechazado por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
De igual forma, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia le rechazó un recurso de casación.
Ante esta situación, los togados solicitaron al tribunal la ejecución de la pena impuesta por la Cuarta Sala Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Esto debido a que el imputado debe cumplir la medida en prisión y se encuentra en libertad, alegan desacato al fallo.
Con esta decisión, la jueza Lee Florimon, ratifica la decisión sobre la sentencia contra Miguel Tejeda, dictada en julio del 2019.
Dispuso además, que una vez dado cumplimiento a la orden de captura y conducencia en contra de Tejada, sea conducido por ante el Juez de Ejecución de la Pena del Distrito Nacional, para los fines legales correspondientes.
La magistrada Ana Lee Florimon, ordenó notificar al Ministerio Público, al Departamento de Búsqueda y Captura de Prófugos de la Policía Nacional, así como a la víctima y a sus abogados apoderados.
Esta notificación a los fines de que la orden de captura, arresto y conducencia sea ejecutada.
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